- 12 marzo, 2021
- Mercado Hipotecario, Sin categoría
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El pasado mes de enero el Tribunal Supremo ha aclarado esta cuestión en su Sentencia 35/2021 de 27 de enero de 2021, indicando qué gastos debe satisfacer cada parte:
Al Banco le corresponde pagar:
Gasto Registro Propiedad
Gasto Gestoría
Gasto Tasación (anteriores a la Ley de contratos de Crédito Inmobiliario)
50% gastos de Notaría
Al consumidor le corresponde:
50% gasto Notaría
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
Para la reclamación de estos gastos será necesario acudir a abogados especialistas en la materia que te asesoren en todo el proceso.