- 26 febrero, 2021
- Aspectos legales, Mercado Inmobiliario
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Algunos de nuestros clientes reciben préstamos de familiares para poder comprar su primera vivienda pero ¿qué otras alternativas tenemos?
Préstamo entre particulares
Debe documentarse el préstamo indicando tipo de interés y plazo de devolución
En estos casos es muy importante conservar los justificantes bancarios de la devolución del préstamo realizado
No paga impuestos pero hay que presentar autoliquidación de Transmisiones Patrimoniales Onerosas ante la Xunta de Galicia (ATRIGA) indicando que está exento
No hay límite de importe
No está limitado a familiares
Donación
Reducción del 95% en el Impuesto sobre Donaciones siempre que:
El donatario sea hijo menor de 35 años que reciba el dinero para la compra de su primera vivienda
Donatario sea mujer víctima de violencia de género que no posea otra vivienda
Importe limitado a 60.000€
La base imponible de IRPF del donatario menos los mínimos no puede superar 30.000€
Debe formalizarse en escritura pública
La adquisición de vivienda en Galicia debe realizarse en los 6 meses posteriores.
También pueden realizarse donaciones entre particulares que no sean familiares aunque suponen un mayor pago de impuestos
Herencia en vida (apartación o mejora)
Únicamente posible de padres (con vecindad gallega) a hijos
Podríá usarse esta alternativa para dar al hijo en vida algo de lo que recibiría por herencia
Estas fórmulas son legalmente posibles y muy beneficiosas fiscalemnte. Exenta de impuestos siempre que el valor del dinero o bienes entregados no exceda de 1.000.000€
Se formaliza ante notario
¿Tienes alguna duda? Consúltanos, te ayudaremos a encontrar el inmueble y te asesoraremos en el proceso de compra